DECISIÓN
Por las anteriores consideraciones, este Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: Sin lugar la apelación ejercida por el abogado Alberto Lugo Matheus, apoderado judicial de la parte demandada.
SEGUNDO: Parcialmente con lugar la demanda incoada por el ciudadano José Narciso Pérez Pérez, contra la empresa Transporte J. Méndez y se condena a ésta a cancelar al actor la cantidad de Bs. CUARENTA Y SIETE MILLONES DOSCIENTOS SETENTA MIL SEISICIENTOS NOVENTA Y SEIS CON 77/100 (Bs. 47.270.696,77), de acuerdo al detalle explanado en la motiva del presente fallo.