Por las razones antes expuestas se declara nulo el auto de fecha 15 de junio de 2006 dictado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo mediante el cual oyó en un solo efecto el recurso de apelación que hoy nos ocupa, y se ordena la remisión del presente expediente a dicho Juzgado a los fines que fije oportunidad para que tenga lugar la audiencia de juicio, en los términos establecidos en el auto de fecha 07 de los corrientes. Así se decide.