DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte demandada.
SEGUNDO: Se ordena al Juzgado Undécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial emitir pronunciamiento con relación a la solicitud formulada por la abogada ALIDA COLINA RIERA, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada PRETTY NAILS & SHOP, C.A, en la diligencia de fecha 16 de noviembre de 2009.