DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por la parte demandada.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano ALI RAUL CARRIZALEZ, contra LINEA BOQUERON C.A; en consecuencia, se ordena a la accionada sociedad mercantil "Línea Boquerón C.A." a cancelar al ciudadano Alí Raúl Carrizalez, la cantidad de Bs. 49.941,71, según el detalle explanado en la motiva.