DECISIÓN
Por las anteriores consideraciones, este Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: Con lugar la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Omar Hernández Carmona, en su condición de apoderado judicial de la parte presuntamente agraviada.
SEGUNDO: Se revoca la sentencia dictada en fecha 24 de septiembre de 2007 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la circunscripción judicial del estado Carabobo y se ordena a la juez a-quo reproducir la sentencia in extenso conforme al contenido del acta de audiencia de juicio levantada en fecha 28 de junio de 2005.