Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando Justicia y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por el Abogado GERMAN OCHOA, inpreabogado N° 6.693, en su condición de apoderado judicial del ciudadano LUIGI DI GIAMMATTEO, identificado en autos.
SEGUNDO: SE REVOCA la sentencia de fecha 15 de diciembre de 2003 dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la circunscripción judicial del estado Carabobo que declaró SIN LUGAR la demanda.
TERCERO: CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano LUIGI DI GIAMMATTEO contra la empresa CERAMICAS CARABOBO, S.A.C.A. y se le condena a cancelar al actor la cantidad de Bs. CIENTO TREINTA Y TRES MILLONES CUATROCIENTOS DIECISIETE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON 60/100 (Bs. 133.417.244,60) según el siguiente detalle, más las cantidades q.....