orden a los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR LA DEMANDA interpuesta por la abogada FRANCIS ALFONZO MARIN en su carácter de apoderada judicial del ciudadano JOSE ALBERTO PRIMERA contra la entidad mercantil AGENCIA RIO, C. A. Ambas partes suficientemente identificadas en el cuerpo de la presente decisión... (Omiss/Omiss)". (Fin de la Cita).