DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Sin lugar la apelación ejercida por la parte demandante.
SEGUNDO: Parcialmente con lugar la apelación de la parte demandada.
TERCERO: Parcialmente con lugar la demanda incoada por el ciudadano JUAN LISCANO contra la sociedad mercantil TRANSPORTE ALMOCA, C.A; en consecuencia, se condena a la demandada a cancelar al actor la cantidad de Bs. F Catorce Mil Noventa y Dos Con 06/00 (Bs. F 14.092,06), de acuerdo a los conceptos y cantidades ordenados en la motiva del presente fallo.
Queda en estos términos modificada la sentencia recurrida.