DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la abogado BEATRIZ DE BENITEZ inscrito en el Inpreabogado bajo el No 30.898.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia dictada en fecha 08 de julio de 2005 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, que declaró el DESESTIMIENTO DE LA ACCION, intentada por los ciudadanos ERNESTO APAEZ VIERA, JUAN GRAVIER BLANCO, ORLANDO GUTIERREZ, WILIAMS IBARRA, ALEXANDER MARTINEZ ARAUJO, CARLOS ALBERTO MARTINEZ, AQUILES MIRABAL, PEDRO RAFAEL PAREDES, CARLOS PARRA, LUIS RAMON PARRA Y NELSON PARRA, antes identificados, contra las empresas TALLER INDUSTRIAL ROASRIV, C.A., SERVIMALI, S.A. Y MECAMAR, S.R.L. y los ciudadanos .....