UZGADO SUPERIOR TERCERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, declarando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que me confiere la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declara: SUFICIENTE LOS PODERES APUD ACTA de los Abogados: MARIA VERONICA JASPE, ELINE MARCHAN y ANIBAL GORDILLO inscritos en el IPSA bajo los N° 203.749, 207.340 y 207.461 respectivamente.