DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por el abogado GUSTAVO ENRIQUE MONTAÑEZ, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora.
SEGUNDO: SE REVOCA la sentencia dictada en fecha 09 de enero de 1997, dictada por el suprimido Juzgado Segundo de Primera Instancia del Trabajo de esta Circunscripción Judicial y PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana Maria Primera Caldera, ya identificada, contra la empresa FULLER MANTENIMIENTO, C.A. y se le condena a esta a cancelar a la actora la cantidad de Bs. Cincuenta y un mil cuatrocientos cuarenta y siete con 24/100 (Bs. 51.447,24).