DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Parcialmente con lugar la apelación ejercida por la parte demandada.
SEGUNDO: Parcialmente con lugar la demanda incoada por el ciudadano ONESIMO ANTONIO DUN, contra la empresa PAPELES VENEZOLANOS, C.A, (PAVECA), en consecuencia, se condena a la demandada a cancelar al actor la cantidad de Bs. CUARENTA Y SIETE MIL SETENTA Y CUATRO CON CINCO CENTIMOS (Bs. F. 47.074,05).
Queda en estos términos modificada la sentencia recurrida.
De conformidad con lo establecido por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia en sentencia N° 1.841, de fecha 11 de noviembre de 2008, se ordena el pago de la indexación monetaria de la cantidad de Bs. 47.074,05, desde la fecha de notificación de la demandada hasta que la senten.....