DECISION
Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Se declara IMPROCEDENTE la solicitud de Medida Cautelar de Suspensión de Efectos, ejercido conjuntamente con el Recurso Contencioso de Nulidad; de la Certificación N° 237/2014 de fecha 30 de Septiembre del 2014 emanada del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales d (Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores de Carabobo, Dra. Olga Maria Montilla –Diresat/Carabobo, que certifico un ACCIDENTE DE TRABAJO, ocurrido al ciudadano RAMON ANTONIO CAMACARO MOGOLLON, titular de la cedula de identidad No. V-12.450.711, y que produjo en el trabajador el diagnostico de amputación post traumática del dedo anular derecho, fractura abierta grado III-B en los dedos índice, medio y meñiqu.....