En orden a los razonamientos expuestos, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte actora.
SIN LUGAR la oposición a la consignación efectuada por la parte actora AMELIA MOGOLLON DELGADO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 5.383.775, ante la persistencia en el despido de la accionada, MUNICIPIO AUTÓNOMO VALENCIA.
Queda en estos términos CONFIRMADA la sentencia recurrida.
No se condena en Costas dada la naturaleza del fallo.
Esta decisión deja a salvo eventuales derechos que pueda corresponderle a la actora, con motivo de la extinción de la relación laboral.