En orden a los razonamientos expuestos éste Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declara:
PARCIALMENTE CON LUGAR la pretensión incoada por la ciudadana IRMA DE LOURDES MATOS, mayor de edad, titular de la cedula de identidad numero 7.066.169, contra la sociedad de comercio: EXPRESOS TC, C. A., inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 07 de Marzo de 1979, anotada bajo el No. 81,
Tomo 64-B y condena a esta última a pagar las siguientes cantidades y conceptos:
Concepto Total
Antigüedad, art. 666 “a” Ley Orgánica del Trabajo BS. 30.000,00
Compensación por transferencia, art. 666 “b” Ley Orgánica del Trabajo Bs. 45.000,00
Vacaciones no disfrutadas, años 1995 a 2004 Bs. 1.242.486,00
Vacaciones .....