En virtud de las precedentes consideraciones, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO formulado por la abogada AMARILYS MIESES, titular de la cedula de identidad número: 11.528.267, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 98.635, actuando con el carácter de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil SMURFIT KAPPA CARTON DE VENEZUELA, S.A. (UNION GRAFICA)", y en consecuencia téngase como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada.