Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declara:
• SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la demandada reconviniente.-
• INADMISIBLE la reconvención propuesta por el SINDICATO PROFESIONAL DE EMPLEADOS, OBREROS DE LAS EMPRESAS DE TRANSPORTE DE CARGA DE AUTOMOVILES, AUTO PARTES, PERSONAS, ANIMALES, ALIMENTOS AFINES Y CONEXOS DEL ESTADO CARABOBO, contra GLOBAL TRANSPORTATION, C.A.
• Queda en estos TÉRMINOS CONFIRMADO el fallo recurrido.
• No hay condena en costas dada la naturaleza del fallo.