PARCIALMENTE CON LUGAR la pretensión incoada por ciudadano HENRY AGUILAR GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número 08.842.906, contra la sociedad de comercio: C. A. DANAVEN, inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal (ahora Distrito Capital) y Estado Miranda bajo el N° 47, Tomo 31-A, de fecha 17 de mayo de 1.968, y condena a ésta última a pagar los siguientes montos y conceptos:
CONCEPTO DIAS SALARIO SUB-TOTAL
Daño Moral
8.000.000,00
TOTAL 8.000.000,00
Se ordena la corrección monetaria conforme al citado criterio de la Sala Social del Tribunal Supremo de Justicia, del monto condenado a pagar por concepto de Daño Moral desde la fecha de publicación del presente fallo hasta la ejecución del mismo.