En orden a los razonamientos expuestos éste Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declara:
CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte actora.
Queda en estos términos REVOCADA la sentencia recurrida.
Se ordena al Juez A Quo, emitir pronunciamiento sobre el mérito de la causa.
No hay condena en costas dada la naturaleza del fallo.