DECISION
En orden a los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
• SIN LUGAR la recusación planteada por el ciudadano LUIS OLIVEROS, titular de la cédula de identidad Nº 3.923.029, asistido por el abogado Lewis Stofikm, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 32.954, parte actora en el juicio que por calificación de despido incoare contra la sociedad de comercio Transporte Royca, C.A, contra el Juez Undécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial –abogado: Servio Orlando Fernández Rojas-.
• De conformidad con lo señalado en el articulo 42 eiusdem, se impone al proponente de la recusación una multa equivalente a diez unidades tributarias (10 U.T.), la cual deberá cancelar en el lapso de tres (3) día.....