Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declara:
¿ SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la PARTE ACTORA.
¿ Queda en estos términos confirmada la decisión recurrida.
¿ Se exime de costas al apelante, por no ser pasible de la misma quienes devenguen menos del triple del salario mínimo decretado por el Ejecutivo Nacional.