En orden a los razonamientos expuestos, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PARCIALMENTE CON LUGAR, el recurso de apelación ejercido por la parte actora.
SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte accionada.
PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano ÁNGEL PERDOMO VÁSQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.381.999, contra la sociedad de comercio, SERVICIOS GENERALES DE MANTENIMIENTO, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital, en fecha 06 de Marzo de 1978, bajo el número 31, Tomo 187-A-Pro.
Queda en estos términos MODIFICADA la sentencia recurrida.
No hay condena en costas dada la naturaleza del fallo.