Visto que en fecha 09 de Diciembre del 2008, el Alguacil declara al folio 971 de la pieza principal, que hizo entrega del Oficio N° 8935/2008, mediante el cual se acompaña boleta de notificación de la parte demandante, dirigido al Coordinador de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en la oficina de IPOSTEL, y por cuanto no consta a los autos las resultas de dicho exhorto, se ordena remitir el presente expediente al Tribunal de la Primera Instancia, a los fines que se de cumplimiento con el acto comunicacional ordenado, y de esta manera restablecer la estadía de las partes a derecho, ello a los fines de no violentar las garantías constitucionales referidas al debido proceso, así como el ejercicio del derecho de defensa.
En consecuencia, se SUSPENDE la Audiencia Oral, Pública y Contradictoria que debía celebrarse en la presente causa el día Viernes 20 de Marzo del 2009, a las 10:00 a.m. .....