PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda incoada por el ciudadano EDUARDO RAMÓN HOYOS QUINTERO, contra las sociedades de comercio TRANSPORTE LÓPEZ C.A. y RECICLAJES EL GUANCHE C.A.,, y condena a estas a cancelar los siguientes montos y conceptos:
CONCEPTO Total
1.- Daño Moral 8.000.000,00
2.- Indemnización art. 33, parágrafo 2, numeral 4 de L.O.P.C.Y.M.A.T. 1.778.665,70),
Se ordena la corrección monetaria de la suma debida por concepto de la indemnización prevista en el particular N° 02 del cuadro sinóptico anterior, desde la fecha de admisión de la demanda hasta la ejecución del fallo, mediante un solo experto nombrado de común acuerdo por las partes y a falta de acuerdo por el Tribunal, la cual deberá tomar en cuenta los indicadores oficiales del Banco Central de Venezuela, para obtener por consiguiente el valor real y actual de la obligación que la demandada tiene pendiente con el actor, a fin de que dichos indicadores se compute a la hora de ordenar la ejecución del fallo.
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