En orden a los razonamientos expuestos, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte actora.
SE CONFIRMA la declaratoria de improcedencia de la tercería por parte del Juez A Quo, toda vez que no fue objeto de apelación.
SIN LUGAR la demanda incoada por los ciudadanos JOHNNY RAFAEL PADRINO, EDUARDO JOSE CARMONA, LUIS OSCAR ULLOA, JOSE MARCHAN, ANTONIO GRANADILLO, SIMON BLANCO, NESTOR JESUS PINTO y ALVARO PEÑA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº 8.421.630, 7.118.223, 9.824.033, 12.822.007, 7.284.071, 8.730.019, 4.436.774 y 12.480.107 respectivamente, representados judicialmente por los abogados JUAN MANUEL ALVAREZ, YOLAIMY PINEDA, JOSE RICARDO MORILLO y AURORA SALCEDO, inscritos en el Instituto de Previsión S.....