En consecuencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 36 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, SE ADMITE la acción interpuesta.
Se ordena, de conformidad con el artículo 78 de la Ley Orgánica de La jurisdicción Contencioso Administrativa, notificar:.........................
En cuanto a la solicitud de medida cautelar de suspensión de los efectos del acto administrativo recurrido -solicitada por la parte recurrente-, el Tribunal de conformidad con lo previsto en el artículo 105 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa ordena abrir cuaderno separado de medidas donde deberá colocarse copia certificada del presente auto, y de igual modo deberá la parte del recurrente consignar los fotostatos del escrito de nulidad, asi como cualquier otro recaudo que juzgue pertinente en apoyo de la cautela solicitada.