Por todos los razonamientos de hecho y de derecho que anteceden éste TRIBUNAL SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA la manifestación de DESISTIMIENTO presentada por la apoderada judicial de la parte demandante Recurrente en Nulidad DOMINGUEZ & CIA S.A. ciudadana abogada ANA KARINA BRICEÑO ROJAS Inpreabogado No. 249.960 DANDOLE EFECTO DE COSA JUZGADA así se declara.
Publíquese y Regístrese la presente decisión.-.
Notifíquese mediante oficio a Gerencia Estadal de Salud de los Trabajadores Carabobo " Dra. María Olga Montilla" (GERESAT CARABOBO) del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL).
Abg. GLADYS MIJARES LUY
Juez
El Secretario,
Abg. Jhosvan Tovar
En ésta misma fecha se cumplió con lo ordenado. Siendo las 08:48 A.M:
El Secretario,
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