Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declara:
1.- DESISTIDO el Recurso de Apelación aquí propuesto. En consecuencia, se SUSPENDE la Audiencia Oral, Pública y Contradictoria que debía celebrarse el día de hoy, Martes 05 de Mayo del 2009, a las 10:00 a.m.
2.- Ordena la remisión del presente expediente al Tribunal Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
3.- Notifíquese de la presente decisión, al Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
4.- No hay condena en COSTAS por no ser pasibles de la misma quienes devenguen menos del triple del salario mínimo decretado por el Ejecutivo Nacional