En orden a los razonamientos expuestos éste Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte actora.
PARCIALMENTE CON LUGAR la pretensión incoada por la ciudadana SATURNA HERNANDEZ GUILLEN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 9.441.923, contra la sociedad mercantil PALMAVEN, S. A., NUDE CARABOBO filial de Petróleos de Venezuela, P.D.V.S.A. inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 26 de Diciembre de 1975, anotada bajo el Nº 139, Tomo 13-B.
SE MODIFICA la sentencia recurrida.
No hay condena en costas dada la naturaleza del fallo.