Seguidamente, las partes, reingresan a la Sala de Despacho, siendo las 12:30 p.m., y de común acuerdo, solicitan el diferimiento del dispositivo del fallo para el día Martes 06 del presente mes y año a las 10:00 a.m. El Tribunal acuerda conforme a lo solicitado, en consecuencia, se difiere el pronunciamiento del dispositivo del fallo en la presente causa, para el día Martes 06 de Diciembre del año 2005, a las 10:00 a.m., sín perjuicio, que de estimarlo necesario, el Tribunal ordene de oficio la evacuación de alguna prueba necesaria para el esclarecimiento del asunto debatido.