En orden a los razonamientos expuestos éste Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
CON LUGAR, la demanda incoada por ciudadano CESAR ANTONIO ZAPATA LORENZO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 7.139.075, contra la sociedad de comercio PLAVIZA, C. A., inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en fecha 19 de Septiembre del año 2.002, anotada bajo el N° 60, Tomo 170-A y condena a esta última a:
-Reincorporar al trabajador injustamente despedido a sus labores habituales.
-Pagar los salarios dejados de percibir por el actor desde la fecha de notificación de la demanda hasta la efectiva reincorporación del trabajador a sus labores habituales.
-El pago de lo anterior se acuerda a razón de Bs. 750.000,00 mensuales. Equivalentes a Bs. 2.....