DECISION
En orden a los razonamientos expuestos éste Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
SIN LUGAR LA DEFENSA DE PRESCRIPCION alegada por la accionada.
PARCIALMENTE CON LUGAR, la pretensión incoada por el ciudadano JOSE ADENIS RODRIGUEZ, identificado en autos-, contra la sociedad de comercio, DOMINGUEZ & COMPAÑÍA VALENCIA, S. A., inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 04 de Febrero de 1966, anotada bajo el N° 4, Libro de Registro N° 53, y la condena a pagar:
I. Preaviso (art. 125 de la LOT): 30 días x Bs. 6.466,34 = Bs. 193.990,20.
I. Indemnización de antigüedad: 30 días x Bs.6.466,34 = Bs. 193.990,20
II. Diferencia de Prestaciones de Antigüedad y del parágrafo primero literal “b” del artículo 108 de la LOT: 45 días x Bs. .....