Vista la transacción que corre inserto a los autos presentada en fecha viernes 22/05/2015, Se recibe por una parte del ABG. ALEXIS ANTONIO ZAMBRANO, IPSA Nº 42.409, en su carácter de co-apoderado judicial de la empresa GRUPO FERNANDEZ SERVICIOS C.A, y por la otra parte del ciudadano BERENICE SOLEY RAMOS PINEDO, C.I, Nº 17.777.857, asistido por el ABG. ALEJANDRO ARELA, IPSA Nº 186.522, escrito de acuerdo transaccional, constante de 01 folio y 06 folios anexos.
Este Tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Estado Carabobo, en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 eiusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables de los trabajadores derivados de la relación de trabajo, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, en los términos como las partes lo establecieron, dándole efectos de Cosa Juzgada. Se.....