este Tribunal, de conformidad con lo previsto en los artículos 253 y 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, artículos 3 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA el acuerdo de las partes, en los términos en que las partes lo establecieron y le da carácter de COSA JUZGADA. Se da por terminado el presente procedimiento y se ordena el cierre y archivo definitivo del expediente. Es Todo, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ.
Abg. ROSIRIS CECILIA RODRIGUEZ GONZALEZ.
LA PARTE DEMANDANTE. Y SU ABOGADO
LA PARTE DEMANDADA Y SU ABOGADO
EL SECRETARIO DEL TRIBUNAL.
Abg. JUAN CARLOS PEREZ
GP02-L-2014-001388