Las partes reconocen y aceptan el carácter de cosa juzgada que la presente transacción tiene a todos los efectos legales, de conformidad con lo previsto en el artículo 19 de la LOTTT, los artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, el artículo 1.718 del Código Civil y el artículo 255 del Código de Procedimiento Civil. En virtud de lo anterior, EL EX TRABAJADOR y EVEN ESPONJAS VENEZOLANAS solicitan a ese honorable Tribunal, de conformidad con lo previsto en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil HOMOLOGUE la presente TRANSACCIÓN a objeto de que se le de el valor de cosa juzgada tal y como lo establece el artículo 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo y 255 del Código de Procedimiento Civil. NOVENA: Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables, ni normas d.....