Este JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO CARABOBO, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR, la pretensión incoada por el ciudadano JUAN GUALBERTO CONDE SUMOZA en contra de la empresa TRANSPORTE LOGINTRA, C.A.