En consecuencia, este Tribunal Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, da por concluido el proceso y HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, en los términos como lo estableció el solicitante, dándole efectos de Cosa Juzgada. Así mismo se ordena Oficiar a la Oficina de Control de Consignaciones a fin de que deje sin efecto la apertura de la Cuenta de Ahorro y se ordena el cierre y archivo del expediente.
El Juez