Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: La Inadmisibilidad de la solicitud de medida preventiva de embargo incoada por los ciudadanos JONATHAN ARRIECHE, WILGEN SAAVEDRA, VICTOR ROJAS, MIGUEL RIVAS, RONALD CHAN, ALDO AMARIS, BRYAN BUITRIAGO, venezolanos, mayores de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 17.807.459, 14.625.692, 10.730.163, 13.548.266, 15.606.288, 13.895.418, 20.696.254, respectivamente contra la entidad de trabajo FCA DE VENEZUELA L.L.C., anteriormente CHRYSLER DE VENEZUELA L.L.C. SEGUNDO: No hay condenatoria en costa dada la índole de la decisión.
Publíquese y Regístrese. Déjese copia certificada por Secretaria del presente fallo de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimien.....