El Tribunal para decidir observa, que el acuerdo Transaccional presentado por las partes no se hizo por ante el funcionario competente del trabajo, de conformidad con lo establecido en el PARAGRAFO UNICO, del Articulo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo. Por lo tanto, este Tribunal no Homologa dicho acuerdo, por no cumplir con las formalidades establecidas en el Articulo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y en consecuencia, se ordena el cierre y archivo del expediente por lo que respecta al DESISTIMIENTO, de fecha 30 de Marzo de 2005.