DE LA HOMOLOGACIÓN
Finalmente el Juez le pregunto al ciudadano SILVESTRE URBANO FERNANDEZ MARIÑO, venezolano, titular de cédula de identidad Nº 1.811.883, si tiene pleno conocimiento de la transacción aquí celebrada. Seguidamente el ciudadano manifestó al Juez, que está totamente de acuerdo con los términos de la transacción y comparece voluntariamente a este acto. Este Tribunal, una vez oidas las exposiciones de las partes, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Organica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador demandante, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, en los términos como lo establecieron, dándole efectos de COSA JUZGADA. De esta acta se hacen cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, dejese copia en el archivo, se ordena el cierre y archivo del presente expediente. Librese oficio.
EL JUEZ
ABG. NORIS GODOY VILLEGAS
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