este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en vista de que la mediación ha sido positiva, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del demandante derivados de la relación de trabajo, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, en los términos establecidos en esta acta, dándole efectos de COSA JUZGADA. Se acuerda expedir las copias certificadas solicitadas por la parte demandada en este acto. Se ordenará el archivo definitivo del expediente al cumplimiento de la obligación asumida por la parte demandada en el presente procedimiento. Es todo.
LA JUEZ,
ABG: NORIS B GODOY VILLEGAS
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POR LA PARTE ACTORA,
POR LA PARTE DEMANDADA,
LA SECRETARIA;
ABG: LOREDANA MASSARONI.
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