Este Tribunal, una vez oídas las exposiciones de las partes, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, en los términos como lo establecieron, dándole efectos de Cosa Juzgada.
LA JUEZ
EL REPRESENTANTE DE LA EMPRESA
EL ABOGADO ASISTENTE DEL REPRESENTANTE DE LA EMPRESA
EL EXTRABAJADOR
EL ABOGADO ASISTENTE DEL EXTRABAJADOR
LA SECRETARIA