Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Trabajo del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR, la pretensión incoada por el ciudadano MARIO JOSE HERNANDEZ ARAUJO, titular de la cedula de identidad N° 10.402.561 en contra de las empresas OLGRAS, C.A.. y en consecuencia se condenan a pagar al demandado la cantidad de SETENTA Y CUATRO MIL VEINTISEIS BOLIVARES CON TREINTA Y SIETE CENTIMOS (Bs. 74.026,37)