Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso, y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables de la oferida, ni normas de orden publico, el Tribunal HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES en los términos como lo establecieron, dándole efectos de cosa juzgada. Así mismo acuerda librar oficio a la Oficina de Control de Consignaciones de este Circuito Judicial Laboral, para que realice los trámites necesarios ante la entidad Bancaria Banfoandes, para que emita un cheque de gerencia a nombre de la oferida por la cantidad que se encuentra depositada mediante cuenta de ahorro y los intereses que se hayan generados en dicha entidad Bancaria. De esta acta se hacen cinco (05) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto. Terminó, se leyó y conformes firman:
EL JUEZ
POR LA OFERENTE
POR LA OFERIDA
La Abogado que la asiste
L.....