Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del TRABAJO DEL Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR, la pretensión incoada por el ciudadano CARLOS JULIO GUERRERO MOLINA, titular de la cedula de identidad N° 4.093.060 en contra la demandada VENECRIA, C.A y en consecuencia se condena a pagar a los demandados la cantidad de CUATROCIENTOS VEINTIUN MIL NOVECIENTOS VEINTISEIS BOLIVARES CON TREINTA Y CINCO CENTIMOS (Bs. 421.926,35).
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE. Déjese copia certificada para el copiador de sentencias.