SE DEJA EXPRESA CONSTANCIA que se dio un lapso de espera a la parte Demandante hasta las 11:30 am, se deja expresa constancia QUE LA PARTE DEMANDADA: JOSE SIMON HENRIQUEZ, se encuentra representada en este acto por su apoderado judicial JOSE ANGULO inscrito en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el número 115.581 y se deja constancia que la parte Demandante "NO COMPARECIO" a la prolongación de la Audiencia Preliminar, ni por si, ni por medio de apoderado judicial. Es por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 201° y 152°.
LA JUEZ,
KYBELE KARELYA CHIRINOS MONTES
EL COMPARECIENTE
LA SECRETARIA