Este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR LA ACCIÓN INTENTADA; en consecuencia, se condena a la demandada MICRACOPY C.A., a pagar la cantidad de CUATRO MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO BOLIVARES CON 00/50 (Bs. 4.366.265,50).