Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO CARABOBO, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR, la pretensión incoada por la ciudadana TEFANNY ANGELIS MORALES CAMNATA., y se condena a la demandada GALEOS MULTICENTRO C.A., pagar a la demandante TEFANNY ANGELIS MORALES CAMNATA, la cantidad de CUARENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y SEIS BOLIVARES CON 00/03 CENTIMOS (Bs. 49.276,03), más lo que resulte de la corrección monetaria, cuyos montos serán calculados mediante experticia complementaria del fallo.-