En base a lo expuesto anteriormente, se concluye que los conceptos presentados por la demandada para su pago, son INSUFICIENTES; en consecuencia, se ORDENA a la empresa C.A. GOODYEAR DE VENEZUELA, cancele al ciudadano JOSE YSMAEL PEÑALVER MEDINA, además de la cantidad de Bs. 26.586.566,52, previamente ofertada, lo correspondiente a la prestación de antigüedad generada en el último mes de labores y los salarios caídos generados desde la fecha del despido 19/05/2005 hasta el día en que efectivamente se consigne el cheque de gerencia a nombre de este Tribunal, por el monto señalado en la presente decisión.