En Todo caso, los hechos narrados por el actor presumiblemente encuadrarían en la causal de RETIRO JUSTIFICADO establecida en el artículo 103, literal ¿g¿. Pudiendo el actor, exigir las indemnizaciones conforme al parágrafo único del artículo 100 ejusdem, pero no por esta vía, ya que el presente procedimiento se limita a calificar el despido como justificado o injustificado y no ha verificar causales de retiro justificado. En consecuencia, se declara INADMISIBLE la demanda por ser contraria a derecho. PUBLIQUESE, REGISTRESE, Déjese copia en el archivo.
EL JUEZ,
Abg. Alberto Andrés Rodríguez M.
EL SECRETARIO,
Abg. Oliver Gómez